La multa de 60.000 euros del ministerio de Industria a Iberdrola (2007) fue anulada por el Tribunal Constitucional quien opinó que se trató de una "selección irrazonable y arbitraria" de la normativa. La multa en cuestión se debía a que Iberdrola no había pedido permiso a la Comisión Nacional de la Energía (CNE) para elevar su participación en el proyecto gasístico
Medgaz en Argelia del 12% al 20% actual
Según la sentencia el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva de la compañía al realizar "una selección irrazonable y arbitraria" de la normativa aplicable. Además, el Tribunal vulneró el principio de legalidad en materia sancionadora, ya que la multa impuesta a la eléctrica carecía de cobertura normativa.
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